El presidente de Panamá, Ricardo Martinelli, sancionó una ley que permite a las personas con condición de refugiados o asilados en su país solicitar la categoría de residente permanente, se informó hoy oficialmente.
El Palacio de las Garzas, sede de gobierno panameño, detalló que la ley establece los requisitos para la obtención del beneficio en el caso de las personas con las condiciones mencionadas, lo cual incluye a quienes tengan la condición de refugiados aprobada por la Comisión Nacional de Protección para Refugiados, así como a los asilados reconocidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Se indicó que la ley esclarece, además, que por razones humanitarias podrán acceder en este caso los refugiados y asilados que hayan tenido durante más de tres años dicha condición jurídica y manifiesten la intención de residir en el territorio panameño.
Sin embargo, según se precisó en un comunicado, los beneficios no son extensivos a quienes han renunciado a la condición de refugiado o asilado, a quienes han sido cesados o excluidos ni a quienes se les haya revocado dicha condición, de conformidad con las disposiciones vigentes.
También se señaló que aquellas personas que obtengan la categoría migratoria de residente permanente, de acuerdo a la norma tramitada ante el Servicio Nacional de Migración, podrán también obtener permiso de trabajo por tiempo indefinido.
No obstante, la ley señala algunas causas de nulidad o revocación de la categoría migratoria.