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Tribunal peruano declara inconstitucional modificación legislativa a cuestión de confianza

Actualizado a las 07/11/2018 - 09:51
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LIMA, 6 nov (Xinhua) -- El Tribunal Constitucional de Perú decidió hoy martes, de manera unánime, declarar inconstitucional la modificación que el Congreso hizo a su reglamento interno sobre la cuestión de confianza que el Ejecutivo puede solicitar al Legislativo.

La resolución fue anunciada por el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, quien sostuvo que el Parlamento, de mayoría fujimorista, "ha excedido la facultad que le otorga la Constitución de autonormarse a través de su reglamento".

El pasado 8 de marzo, el órgano legislativo aprobó con 81 votos a favor, 18 en contra y ocho abstenciones, un proyecto de ley que dispuso modificar el reglamento del Congreso en lo relativo a la cuestión de confianza y censura de ministros de Estado.

En esa ocasión se decidió modificar el artículo 86 del reglamento, estableciendo que en caso de que se produzca la "crisis total del gabinete", tras la negativa al Ejecutivo de la cuestión de confianza solicitada, ningún ministro saliente podría ser designado en el Consejo de Ministros siguiente.

Según la reforma, de no ser cambiados todos los ministros, es decir, si se repite algún titular, no se considera una "crisis total" e imposibilita al Ejecutivo disolver al Parlamento, explicó en ese momento el congresista Mauricio Mulder.

Asimismo, la congresista del partido Fuerza Popular, Ursula Letona, indicó que la facultad del presidente sobre la disolución del Congreso, establecida en el artículo 134 de la Constitución, procede únicamente en caso de que se produzca una "crisis total" , es decir, un cambio total del gabinete.

De acuerdo con el artículo 134 de la Constitución "el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros", tras lo cual debería convocarse a una nueva elección del Parlamento en un lapso de cuatro meses.

En tanto, el Tribunal Constitucional aclaró que la capacidad del Legislativo para autonormarse es para materias propias de su funcionamiento y no para regular o restringir competencias constitucionales del presidente de Perú o los ministros de Estado.

La nulidad sobre la reforma legislativa responde a la demanda de inconstitucionalidad que introdujo el pasado 16 de marzo el partido Peruanos Por el Kambio (PPK), al cuestionar que ésta supone limitaciones a las atribuciones del Ejecutivo en el proceso de cuestión de confianza y censura contra los ministros.

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