LA HABANA, 22 ago (Xinhua) -- El Consejo de Ministros de Cuba emitió un decreto sobre los procedimientos que se deben seguir con los bienes muebles que se ocupan en procesos penales y confiscatorios administrativos.
La disposición gubernamental --Decreto No. 313--, publicada en la edición extraordinaria 21 de la Gaceta Oficial de la República, fechada el 21 de agosto, tiene por objeto establecer los organismos de la Administración Central del Estado y entidades responsabilizados con el depósito, conservación y disposición de tales ocupaciones.
Esta normativa también regula cómo se traspasan a favor del Estado los bienes depositados, una vez dispuesta la confiscación, y las reglas para el depósito, la disposición, conservación y devolución, cuando corresponda.
La nueva legislación, además de colocar en una sola norma las responsabilidades de organismos y entidades al respecto, busca "reorganizar los referidos procedimientos a fin de evitar altas permanencias de los bienes depositados con las consiguientes afectaciones para la economía nacional".
Se establece también que los organismos se ocuparán del depósito, conservación y disposición según la naturaleza de los bienes y el importe de la comercialización de los bienes decomisados o confiscados en procesos penales se abonará al Presupuesto del Estado.