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Expresidente Carlos Menem y ex altos funcionarios argentinos no pueden salir del país

Actualizado a las 17/07/2015 - 14:34
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BUENOS AIRES, 16 jul (Xinhua) -- El expresidente de Argentina Carlos Menem (1989-1999), quien es actualmente senador nacional, el exsecretario de Inteligencia Hugo Anzorreguy, y el exjuez federal Juan José Galeano, no pueden salir del país sin antes solicitar autorización a la Justicia que los juzga por el presunto encubrimiento de los autores del ataque contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), ocurrido en esta ciudad el 18 de julio de 1994.

Además, la disposición judicial alcanza también a los exfiscales Eamon Mullen y José Barbaccia; el extitular de la DAIA (Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas) Rubén Beraja; el comisario retirado Jorge Palacios, quien fuera jefe de la Unidad Antiterrorista; el mecánico automotor Carlos Telleldín; su expareja Ana Boragni; el abogado Víctor Stinfale; los exagentes de inteligencia Patricio Finnen y Juan Anchezar, y el policía retirado Carlos Castañeda.

La totalidad de los mencionados -desde varios años atrás- se encuentran procesados por el delito señalado aunque sin prisión preventiva y a partir del venidero 6 de agosto serán juzgados oralmente por el Tribunal Oral Federal número 2, que integran los jueces Jorge Gorini, Néstor Costabel y Karina Perilli.

Estos magistrados explicaron a la prensa local que el sentido de impedir la salida del país de los acusados es "contrarrestar eventuales imprevistos que pudieran llevar a suspender, retrasar o interrumpir el normal desarrollo" del juicio oral.

Agregaron que "el único fin" de la prohibición mencionada es que cada uno de los procesados pida permiso fundado antes de hacerlo para que el tribunal pueda evaluar en cada caso concreto si la ausencia de los acusados puede entorpecer el desarrollo normal del juicio.

Precisaron además que "no hay ninguna razón particular por la que se tomó esta decisión, sino que, previendo que se trata de un juicio largo, es muy probable que se den estas eventuales ausencias" y, en este sentido, "los criterios de los jueces son muy restrictivos".

En rigor, la ley prevé que los procesados tienen la obligación de estar presentes en el comienzo del juicio y hasta su finalización.

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