La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó hoy que condenó al Estado colombiano por un bombardeo de la Fuerza Aérea contra un caserío rural en 1998, que dejó 17 muertos -seis de ellos niños- y 27 heridos.
En su fallo fechado el 30 de noviembre pasado, la CIDH declaró por unanimidad que el Estado de Colombia "es internacionalmente responsable por las violaciones a derechos humanos cometidas en perjuicio de 17 víctimas que murieron, de las cuales seis eran niñas y niños, y de 27 víctimas que fueron heridas, de las cuales 10 eran niñas y niños".
La resolución del órgano judicial de la Organización de Estados Americanos (OEA) señala que un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC) arrojó un dispositivo "Cluster -racimo-" compuesto por seis bombas de fragmentación, el 13 de diciembre de 1998, sobre el caserío Santo Domingo, del departamento de Arauca (noreste).
La FAC refirió en 1998 que el hecho se debió a la explosión de una bomba que la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) había abandonado en el caserío de Santo Domingo (Arauca) después de un combate con los militares.
La CIDH, con sede en San José, Costa Rica, desacreditó la versión oficial colombiana y ordenó al Estado realizar "un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos", el cual debe cumplirse en los próximos seis meses y debe ser trasmitido por medios radiales y televisivos en todo el país sudamericano.
Además, según la sentencia difundida en el portal de la CIDH, el Estado colombiano deberá dar un tratamiento integral en salud a las víctimas y otorgar en el plazo de un año las indemnizaciones y compensaciones pertinentes por concepto de daños materiales e inmateriales, a favor de las víctimas y familiares que no las hayan recibido.
El bombardeo ocurrió en el contexto de una operación militar aerotransportada contra la guerrilla que se prolongó por varios días.
Tras la explosión de las bombas lanzadas por los militares, los pobladores de Santo Domingo tuvieron que abandonar sus residencias y sólo pudieron regresar hasta enero de 1999.
Además de las muertes por el bombardeo, los jueces de la CIDH consideran que "hubo actos de ametrallamiento por parte de los militares contra la población civil" y se violó el derecho a las medidas de protección especiales que, según los convenios internacionales, tenían los menores fallecidos en los hechos.
Sin embargo, el Estado colombiano a través de los sucesivos gobiernos ha sostenido que la bomba no cayó sobre el caserío sino que la explosión que mató a los 17 pobladores fue la de un camión bomba que las FARC tenían en el lugar.
Los jueces de la CIDH aseguraron en su sentencia que la defensa de la nación "pretendió desconocer y poner en duda lo que los órganos judiciales y administrativos internos han realizado para determinar la verdad de lo sucedido".
El piloto y el copiloto del helicóptero fueron condenados a 30 años de prisión por el Tribunal Superior de Bogotá, y su caso está en apelación ante la Corte Suprema de Justicia.
"Los daños producidos por el lanzamiento de una bomba de racimo son imputables a la Fuerza Aérea y por tanto el Estado es responsable", subrayó el fallo.