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Tribunal de arbitraje carece de jurisdicción en caso de Mar Meridional de China

Xinhua  2016:06:30.08:27

BEIJING, 29 jun (Xinhua) -- A continuación presentamos declaraciones hechas por el vocero del Ministerio de Relaciones Exteriores de China, Hong Lei, sobre el anuncio del tribunal de arbitraje en el sentido de que pronto emitirá su fallo final en el caso del arbitraje sobre el Mar Meridional de China iniciado de manera unilateral por Filipinas.

El Tribunal de Arbitraje para el Mar Meridional de China establecido a petición unilateral de la República de Filipinas informó hoy 29 de junio de 2016 que emitirá su fallo final el 12 de julio. Una vez más, quiero enfatizar que ese tribunal carece de jurisdicción sobre el caso y la materia en cuestión y que no debió de haberse encargado del caso ni emitido fallo alguno.

1. El 22 de enero de 2013, Filipinas inició de manera unilateral un arbitraje sobre las disputas entre China y Filipinas en el Mar Meridional de China. El gobierno chino declaró de inmediato que no aceptará el arbitraje ni participará en él, postura que ha reiterado de manera constante desde entonces.

El 7 de diciembre de 2014, el Ministerio de Relaciones Exteriores de China emitió el Documento sobre la Postura del Gobierno de la República Popular China sobre el Asunto de la Jurisdicción en el Arbitraje del Mar Meridional de China iniciado por la República de Filipinas. El documento explica de manera integral y sistemática la postura del gobierno chino en la materia de la jurisdicción en el arbitraje iniciado por Filipinas en el sentido de que el tribunal de arbitraje carece de jurisdicción sobre el caso y de que el rechazo y la no participación del gobierno chino en el arbitraje están basados firmemente en el derecho internacional.

El 29 de octubre de 2015, el tribunal de arbitraje emitió un fallo sobre jurisdicción y admisibilidad. El gobierno chino declaró de inmediato que el fallo es nulo y sin validez y que no es vinculante. Con respecto a la audiencia de los méritos del arbitraje realizada del 24 al 30 de noviembre de 2015, el gobierno chino reiteró su postura de no aceptar el arbitraje ni participar en él.

El 8 de junio de 2016, el Ministerio de Relaciones Exteriores de China emitió la Declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular China para la Solución de Disputas entre China y Filipinas en el Mar Meridional de China a través de Negociaciones Bilaterales, en la que reiteró su postura de no aceptar el arbitraje y no participar en él y de solucionar las disputas entre las partes a través de negociaciones bilaterales.

2. El inicio unilateral de un arbitraje por parte de Filipinas viola el derecho internacional.

Primero: China y Filipinas acordaron, a través de una serie de documentos bilaterales y de la Declaración sobre la Conducta de las Partes en el Mar Meridional de China, solucionar las disputas pertinentes en el Mar Meridional de China a través de negociaciones bilaterales. El procedimiento de arbitraje de la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Unclos, por sus siglas en inglés) no es aplicable a las disputas entre China y Filipinas en el Mar Meridional de China.

Segundo: La esencia de la materia del arbitraje es la soberanía territorial sobre algunas islas y arrecifes en el Mar Meridional de China, lo cual está más allá del alcance de Unclos y no tiene que ver con la interpretación o la aplicación de Unclos.

Tercero: La materia del arbitraje constituye una parte integral de la delimitación marítima entre China y Filipinas y por lo tanto se ubica dentro del ámbito de la declaración hecha por China en el 2006 en relación con el Artículo 298 de Unclos, el cual excluye las disputas relacionadas con la delimitación marítima, entre otras cosas, del arbitraje y de otros procedimientos obligatorios de solución de disputas.

Cuarto: Sin prestar atención al hecho de que China y Filipinas nunca han participado en ninguna negociación sobre ninguna de las materias del arbitraje, Filipinas ha distorsionado conceptos, inventado disputas e incumplido sus obligaciones de conformidad con el Artículo 283 de Unclos sobre el intercambio de puntos de vista sobre los medios para solucionar disputas.

3. El tribunal de arbitraje, establecido sobre la base de la conducta y los reclamos ilegales de Filipinas, no tiene jurisdicción sobre las materias en cuestión. Sin tomar en cuenta el hecho de que China y Filipinas eligieron solucionar las disputas a través de negociaciones y consultas y sin considerar el hecho de que la esencia de la materia del arbitraje es la soberanía territorial, el tribunal de arbitraje dejó de lado la declaración de excepciones opcionales hecha por China de conformidad con Unclos, expandió y se excedió a voluntad en cuanto a su jurisdicción e impulsó la audiencia sobre la materia en cuestión. Tales actos violan el derecho de un Estado firmante de Unclos de elegir el medio para la solución de disputas por voluntad propia y socava la integridad del régimen de solución de disputas de Unclos.

4. Con respecto a los temas territoriales y las disputas sobre delimitación marítima, China no acepta ningún medio de solución de disputas de terceros ni ninguna solución impuesta sobre China. El gobierno chino seguirá apegándose al derecho internacional y a las normas básicas que rigen las relaciones internacionales consagradas en la Carta de Naciones Unidas y seguirá trabajando con los países directamente involucrados para resolver las disputas pertinentes en el Mar Meridional de China a través de negociaciones y consultas sobre la base del respeto a los hechos históricos y de conformidad con el derecho internacional para mantener la paz y la estabilidad en el Mar Meridional de China.

(Editor:Rosa Liu,Rocío Huang)

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